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TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DEL SERVICIO

MODELO DE TÉRMINOS Y CONDICIONES OFERTADOS POR TRANSPORTISTA A FAVOR DE LA COMUNIDAD TEC.

LOS PRESENTES TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE USO REGULAN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE PRIVADO POR VÍA TERRESTRE PRESTADO POR EL “TRANSPORTISTA”, A TRAVÉS DE UBER Y EN FAVOR DEL “CLIENTE”.

 

PRIMERA. DEFINICIONES. Para una correcta interpretación del contrato, las partes convienen en definir los siguientes conceptos:

 

  1. Scholastico o el TRANSPORTISTA: Transportes Scholastico, Sociedad Anónima de Capital Variable.                                                     

  2. Usuario: Persona que voluntariamente contrata los servicios de transporte.                                                                                                

  3. Servicio fijo: Servicio de transporte contratado según el plan de rutas del “TRANSPORTISTA” .                                                            

  4. Por viaje: Servicio de transporte sujeto a disponibilidad dentro del plan de rutas del “TRANSPORTISTA” y que se puede contratar en las zonas, fechas y horarios establecidos.                                                                                                                                

  5. Zona: Ubicación geográfica contenida dentro del plan de rutas del “TRANSPORTISTA” para el usuario de la APP UBER.                                                                                                                                                                  

  6. Pago: Cantidad de dinero que paga a favor de UBER por conducto de "Facturify" a cambio de obtener el servicio de transporte por parte del “TRANSPORTISTA”.                                                                                                                                                      

  7. Plan de rutas: Unidades de transporte que circulan en el menor tiempo posible por las vialidades con destino específico y de regreso a los puntos de origen, con horarios y fechas predeterminados.                                                                                          

  8. Fechas: Indicación del día en que se realiza la ruta.                                                                                                                                                                                                                    

  9. Horarios: Indicación del tiempo en el que inicia y, tentativamente, se concluye el recorrido en la ruta.                                             

  10. Vehículo y/o Unidad: Transporte que se utiliza para prestar el servicio privado de transporte terrestre.                                         

  11. Ruta: Camino predeterminado en el cual se señala un punto de inicio, puntos de recorrido para ascenso y descenso de usuarios, así como el final.                                                                                                                                                                                     

  12. Operador y/o Conductor: Es aquella persona que realiza la ruta del TRANSPORTISTAy que es empleado de éste.                                                                                                                                                     

  13. Reglamento: Conjunto de normas del “TRANSPORTISTA” que rigen los derechos y obligaciones de los usuarios y operador mientras se presta el servicio de transporte.                                                                                                                                             

  14. APP: Programa de Aplicaciones y funciones tecnológicas especiales desarrollado por UBER R.V., para la contratación, coordinación y pago del servicio de transporte que ofrece Scholastico, exclusivamente para los usuarios de dicha aplicación.                                                                                                                                                                                                        

  15. Aforo: Número de usuarios mínimo requeridos para la prestación de una ruta. Para los efectos de este contrato, se comprenderá que existe aforo cuando el vehículo de transporte tenga una ocupación de 50% más un usuario.                                                                                                                                             

  16. Radial: Medida en términos de distancia que permite determinar el costo del servicio que deberá pagar el usuario.

 

SEGUNDA. OBJETO. Es objeto del presente contrato la prestación de servicios privados de TRANSPORTE POR VÍA TERRESTRE prestados por el “TRANSPORTISTA”, a favor del “CLIENTE” ,de conformidad con la ruta y modalidad previamente seleccionada por este último.

​​​

INSCRIPCIÓN.​

El “CLIENTE” interesado en contratar cualquiera de las variables de servicio que ofrece el TRANSPORTISTA” deberá descargar la APP identificada como “UBER” y/o aquella que en su momento la sustituya, y aceptar los términos y condiciones de uso de la misma y que pueden consultarse en la siguiente liga:

​

https://www.uber.com/legal/es/document/?country=mexico&lang=es&name=general-terms-of-use&uclick_id=4ac08974-2d67-4f5d-8f56-3983734a1661#_l6we8or3crx2[PGRG2] , así como los términos y condiciones pactadas en este contrato.

 

En el caso de menores de edad, el “CLIENTE” deberá realizar su registro en la APP a través de una cuenta parental, misma que recibirá toda la información generada respecto a pagos, reservas, entre otros funcionamientos de la APP. El “CLIENTE” deberá aceptar los términos y condiciones de la modalidad “UBER para adolescentes” disponibles en la siguiente liga:

https://www.uber.com/legal/es/document/?name=uber-teens-terms-of-use---teens&country=united-states&lang=es

 

Una vez seleccionado el servicio de su preferencia, deberá darse de alta llenando los campos que, para tal fin, sean solicitados por la APP UBER. La APP UBER les confirmará la disponibilidad del servicio reservando el lugar o los lugares según sea el caso.

USO DE CÓDIGO QR.

Es indispensable y obligatorio para el uso del servicio, mostrar el código QR al operador para validar el acceso al servicio al momento de abordar la unidad, respetando la ruta que haya elegido en su registro.

 

El mencionado código QR será generado mediante la APP, una vez que el “CLIENTE” realice el pago del servicio de su interés.

 

En caso de que el “CLIENTE” adquiera una suscripción al servicio, en cualquiera de sus modalidades (semestre/bloque), deberá realizar la reserva de sus boletos forzosamente por cada día que utilice el servicio de transporte.

CAMBIO DE RUTA POR DECISIÓN DEL “CLIENTE”.

En caso de resultar aplicable al tipo de servicio contratado, se podrá solicitar un cambio de ruta, posterior al periodo de registro, debiendo gestionar el mismo directamente con el “TRANSPORTISTA” y estando sujeto a la disponibilidad de espacios.

De resultar aplicable al modelo de contratación seleccionado por el “CLIENTE”, si requiere utilizar una ruta u horario diferente al de su registro, deberá dirigirse con el “TRANSPORTISTA” para recibir las indicaciones necesarias. La prestación del servicio bajo esta circunstancia quedará sujeto a la disponibilidad de espacios en la ruta que se pretenda utilizar y, en su caso, al pago de las diferencias a que hubiera lugar.

CANCELACIONES.

Los servicios prestados por el “TRANSPORTISTA”, con excepción del servicio por viaje, podrán ser cancelados por el “CLIENTE”, de conformidad a los términos y condiciones de la APP UBER en la que se registró y contrató el servicio.

CAUSAS DE EXCLUSIÓN PARA EL USO DEL SERVICIO.

Las causas por las cuales el “CLIENTE” puede ser excluido en el uso del servicio, sea de manera temporal o permanente, son las siguientes:

 

a. Baja del “CLIENTE” por propia decisión.

b. Dejar de tener la calidad necesaria para ser usuario del servicio o la APP UBER.

c. Falta de presentación de los códigos QR válidos.

d. Mal comportamiento, según se detalla un poco más adelante en este mismo instrumento.

e. Uso indebido de la APP UBER.

f. Introducir personas no autorizadas para hacer uso del servicio.

g. Cualquier situación de indisciplina contemplada o no en el presente lineamiento ya sea por indisciplina con los operadores y/o dentro de las unidades

PARADAS.

El “CLIENTE” debe esperar la unidad en la parada que le corresponde, de preferencia al menos 5 minutos antes de la hora estipulada para evitar contratiempos y estar visible para el operador.

 

Si el “CLIENTE” estuviera esperando la unidad dentro su vehículo particular, deberá bajar a tiempo para que el operador lo reconozca y le brinde el servicio, de no ser así, el operador seguirá su ruta y no será responsable de cualquier molestia o retraso causado.

 

El ascenso se realizará únicamente en las paradas autorizadas y publicadas en la página oficial del servicio. El operador no detendrá la unidad en lugares no autorizados.

 

El descenso de la unidad es más flexible, pues el “CLIENTE” debe solicitar su parada al operador con anticipación; el conductor tiene la autorización de “negar “la parada al “CLIENTE” en un lugar que no esté permitido, que no sea seguro y donde se ponga en riesgo la integridad de los pasajeros.

 

El “CLIENTE” deberá mostrar en todo momento buen comportamiento y respeto mientras espera la unidad en el lugar asignado como parada. Lo cual implica, entre otras cosas:

 

a. No invadir propiedad privada.

b. Respetar a los vehículos que se encuentren estacionados.

c. No invadir el área de estacionamiento del autobús.

d. No dejar basura en el área.

e. Mostrar un comportamiento de respeto para los vecinos del lugar, para el mismo operador y demás usuarios.

f. Mostrar respeto y orden en la fila de espera y al momento de abordar la unidad.

g. Abordar de manera ordenada haciendo una sola fila dando la preferencia a usuarios con alguna discapacidad o atención especial

 

Por seguridad de los usuarios del servicio, queda prohibido solicitar a los operadores que abran las puertas de la unidad una vez que esta se encuentra en marcha. Se recomienda no detener o ganar el paso a la unidad de servicio con el vehículo particular ya que puede provocar algún accidente.

 

Queda prohibido alterar el orden en el área de espera para abordaje y dentro de la unidad, distraer al conductor durante el viaje o realizar cualquier acción que ponga en riesgo la integridad física de algún miembro de la comunidad o de la unidad y/o el trayecto de la ruta.

 

Por seguridad y respeto a todos los usuarios, no está permitido abordar con mascotas, bicicletas o cualquier objeto voluminoso

SOBRE EL COMPORTAMIENTO DURANTE EL SERVICIO.

​

No está permitido fumar, ingerir bebidas alcohólicas o cualquier tipo de sustancias prohibidas o de consumo controlado, dentro de las unidades, ni acceder a ellas bajo los efectos del consumo de ellas.

 

Para efectos de lo anterior, las partes definen lo siguiente:

 

Bebida alcohólica: Cualquier tipo de bebida con una graduación alcohólica de 2% o más en volumen o su equivalente en cualquier otro sistema de medida que contiene alcohol o etanol en su fórmula. Se refiere también a las bebidas que son obtenidas por fermentación o destilación, entre las que se incluyen, por ejemplo, cerveza, licores, brandy, whisky, ron, tequila y mezcal y cualquiera de sus mezclas. Se incluyen, además, las bebidas refrescantes, bajas en calorías o sin calorías que contienen el nivel de alcohol previamente mencionado.

 

Narcótico o droga. Se refiere a sustancias que producen sopor, relajación muscular, embotamiento de la sensibilidad y cambios en el estado de conciencia. Estupefaciente, psicotrópico, enervante, sustancia química natural o sintética que puede afectar el cuerpo y sus procesos, la mente y el sistema nervioso, el comportamiento y los sentimientos. Cualquier tipo de sustancia tóxica o nociva para la salud. Medicamento que altere la mente al usarse en exceso la dosis médica prescrita. Incluye todas las sustancias establecidas como tales en la Ley General de Salud, entre las que se incluyen, sin que la lista sea exhaustiva:

 

 1.      Los estimulantes no permitidos, como las anfetaminas, la cocaína y el crack o piedra.

2.     Los estimulantes legalmente permitidos, como la nicotina, el alcohol y la cafeína.

3.     Los depresores, como los barbitúricos, los tranquilizantes y la metacualona.

4.    Los alucinógenos, como el LSD, el ácido, el PCP, el polvo de ángel, el peyote, la MDA, el DMT, el STP y el psilocybin.

5.    Los narcóticos, como la heroína, la morfina, el opio, la codeína, la meperidina y la metadona.

6.    Los cannabinoides, como la marihuana y el aceite de hashish.

 

Para estos efectos, se define el narcótico o droga prohibidas como aquella sustancia que está explícitamente prohibida por la ley. El narcótico o droga de consumo controlado será aquella droga cuyo consumo no está prohibido por la ley, pero sí controlado, ya que deberá estar prescrito en una receta médica debidamente registrada que esté formulada de manera correcta, a nombre del “CLIENTE” y que se encuentre firmada por un profesional de la salud legalmente facultado para ello

 

La ingesta de alimentos conlleva la responsabilidad de mantener la unidad limpia y libre de basura. Es tarea de todos los usuarios la conservación óptima del interior de las unidades.

 

Por respeto a todos los usuarios del servicio, no está permitido el apartado de lugares, utilizar altavoces, bocinas, música o mantener conversaciones en un tono de voz altisonante.

 

Se debe tomar un solo asiento e ir correctamente sentado durante todo el viaje, colocando sus pertenencias en un lugar seguro debajo de su asiento o en el compartimento superior. Se prohíbe subir los pies en los asientos, o hacer mal uso de los respaldos, u ocasionar cualquier daño en las unidades.

 

El “CLIENTE” deberá mostrar un buen comportamiento dentro de la unidad, por respeto a los demás usuarios y el operador, cualquier conducta inapropiada debe ser reportada al operador.

OBLIGACIONES UBER

Resguardar y dar el tratamiento de confidencial a toda la información personal del USUARIO como: nombre, matrícula, domicilio, bancaria y toda aquella que reciba durante el llenado de datos al darse de alta el USUARIO.

 

Responder por el mal funcionamiento de la App UBER y en caso de falla reparar y restablecer el servicio a la brevedad.

 

Dar mantenimiento a la App UBER para un buen funcionamiento de la misma

 

Recibir el pago de los boletos que adquiera el USUARIO

 

Atender al USUARIO en caso de tener dudas o aclaraciones referente a los pagos o boletos adquiridos

 

Dar a conocer los términos y condiciones de la App UBER, los cuales se podrán consultar en el link: https://www.uber.com/legal/es/document/?country=mexico&lang=es&name=general-terms-of-use&uclick_id=4ac08974-2d67-4f5d-8f56-3983734a1661#_l6we8or3crx2

 

Así como todas aquellas que le apliquen en términos del presente contrato

 

 

OBLIGACIONES SCHOLASTICO

 

Dar el servicio de las rutas programadas dentro de los horarios establecidos y con las unidades acordadas con el TEC de Monterrey Campus Santa Fe

 

Permitir el acceso a los USUARIOS que cuenten con boleto vigente

 

Mantener en optimas condiciones las unidades con las que prestará el servicio a la comunidad TEC

 

Contar con los operadores debidamente capacitados

 

Así como todas aquellas que le apliquen en términos del presente contrato

OTRAS DISPOSICIONES.

Es responsabilidad del “CLIENTE” el cuidado y salvaguarda de sus artículos personales y de valor. El “TRANSPORTISTA” no se hace responsable por objetos olvidados, extraviados o dañados dentro de las unidades.

 

Sin embargo, los operadores al término del servicio revisan las unidades en su interior, y en caso de encontrar un objeto olvidado y de ser posible, lo devolverán inmediatamente al “CLIENTE”.

 

Queda prohibido hacer cualquier pago y/o regalo a los operadores de las unidades del “TRANSPORTISTA”.

TERCERA. COSTO Y FORMA DE PAGO. Una vez que el “CLIENTE” haya terminado su proceso de registro en la APP UBER, podrá seleccionar el tipo de servicio que más se adapte a sus necesidades en atención a la información y datos desplegados en la misma.

 

Hecha la selección, el “CLIENTE” procederá al pago del servicio de su preferencia a través de los medios de pago que la APP UBER pone a su disposición.

 

El costo del servicio es el que se le ha indicado al “CLIENTE” de manera precisa e informada mediante la APP UBER. Dicho costo tiene como referencia el uso de radiales.

 

El costo no podrá modificarse una vez que el “CLIENTE” ha realizado el pago respectivo, ni tampoco podrá variar durante el año calendario.

 

La contraprestación cubre la totalidad de los Servicios, e incluye, de manera enunciativa más no limitativa, todos los gastos de cualquier naturaleza erogados por el desarrollo de los Servicios, incluidos sueldos, prestaciones, impuestos y cuotas de seguridad social de los trabajadores del “TRANSPORTISTA”, así como todos los gastos, de cualquier naturaleza, que se encuentren relacionados con la prestación de estos.

Las cantidades antes mencionadas incluyen el pago de casetas y peajes, por lo que el “TRANSPORTISTA” no tendrá derecho a cobrar ningún tipo de contraprestación adicional por este motivo.

 

El “TRANSPORTISTA” no podrá cobrar al “CLIENTE” los costos o gastos adicionales que no estén autorizados en forma previa y por escrito por este último.

 

Las partes convienen en que todos los impuestos, derechos o contribuciones, que se causen como resultado de la instrumentación del presente contrato, serán a cargo de la parte que sea responsable de cubrirlos conforme a la legislación aplicable.

 

Con arreglo a lo dispuesto en la Política de Privacidad, los datos de la tarjeta de crédito y/o débitos facilitados en la APP UBER   serán remitidos a la empresa proveedora de pagos y encargada de almacenar los datos del “CLIENTE”. El “CLIENTE” deberá acceder o podrá ser redirigido al sitio Web del proveedor de pagos a través del enlace facilitado al efecto. Asimismo, conforme a lo previsto en la Política de Privacidad, los datos bancarios del “CLIENTE” a los que el “TRANSPORTISTA” tenga acceso serán tratados mediante el uso e implementación de altas medidas de seguridad, con el fin de impedir cualquier daño, pérdida, alteración, destrucción, uso, acceso o tratamiento no autorizado, por lo que el “TRANSPORTISTA” será responsable en caso de cualquier acto llevado a cabo por terceros, comprendiendo, de manera enunciativa, más no limitativa, violación de las medidas de seguridad establecidas por el “TRANSPORTISTA” o el tercero proveedor del sistema de pagos, toda vez que los datos personales son directamente proporcionados por el “CLIENTE” al “TRANSPORTISTA”.

CUARTA. FACTURACIÓN. El usuario deberá proporcionar sus datos de facturación al momento de registrarse en la APP UBER.

 

La factura correspondiente será emitida dentro de los plazos establecidos en APP UBER.

 

​

QUINTA. CALIDAD DE LOS SERVICIOS. El “TRANSPORTISTA” brindará sus servicios en forma oportuna, cuidadosa y diligente, conforme a las características, calidad y plazos que establecidos en el presente contrato.

 

El “TRANSPORTISTA”, está facultado para evaluar los servicios prestados mediante la realización de Encuestas de Satisfacción, en las cuales el “CLIENTE” podrá calificar la calidad de los servicios prestados. Para dicho fin, el “TRANSPORTISTA”, podrá solicitar el llenado de la mencionada encuesta, de vez en vez, por parte del “CLIENTE”.

SEXTA. RECLAMACIONES. El “CLIENTE” tiene el derecho de reclamar al “TRANSPORTISTA”, en cualquier momento y por escrito, cualquier defecto o insatisfacción en la prestación de los Servicios cuando los mismos no se hubieren apegado a los términos y condiciones pactados en este contrato. La reclamación deberá presentarse por escrito –inclusive mediante correo electrónico-, dentro de un plazo no mayor a 10 días hábiles, contados a partir de la fecha en que el “CLIENTE” hubiere recibido los Servicios.

 

Dentro de los 5 días naturales siguientes a que el “TRANSPORTISTA” reciba la reclamación a que se refiere el párrafo que antecede, el “TRANSPORTISTA”, bajo su cuenta y costo, deberá rendir un informe respecto de los señalamientos efectuados, así como un plan de soluciones a los mismos, en el cual se detallen las acciones y plazos para dar cumplimiento al mismo.

 

 

SÉPTIMA. OBLIGACIONES DEL “CLIENTE”. El “CLIENTE”, se obliga a lo siguiente:

 

a. A pagar el costo del transporte en las fechas convenidas

 

b. A realizar el proceso de inscripción y reservación del servicio, a través de la APP UBER.

 

 

OCTAVA. OBLIGACIONES DEL “TRANSPORTISTA”. El “TRANSPORTISTA” se obliga al cumplimiento de las siguientes prestaciones:

 

a. A disponer del equipo de transporte necesario para cubrir los servicios convenidos.

 

b. A prestar el servicio de que se trata con oportunidad y puntualidad.

 

c. A cumplir con los horarios y rutas establecidas para la prestación del servicio.

 

d. A mantener las unidades limpias, fumigadas y en buen estado de conservación, a fin de garantizar la seguridad e higiene de estas.

​

e. A dar mantenimiento mecánico a su costo y cargo, a todas las unidades con las que preste el servicio, de conformidad con los manuales de los fabricantes.

 

f. A celebrar y mantener siempre vigentes las pólizas de seguro de todas las unidades que sean necesarias para garantizar el servicio prestado. Este seguro o seguros deberán de amparar al menos daños contra terceros, responsabilidad civil en general y del viajero, con lo cual se proteja, cuando menos, a todos los usuarios y a posibles terceros afectados. De igual manera, este seguro o seguros deberán de obligarse a responder por el “TRANSPORTISTA” en caso de accidente, por todos los daños materiales que puedan causarse o que se produzcan a terceros o a los pasajeros. Para este particular, el “TRANSPORTISTA” se compromete a mantener vigente la póliza o pólizas de seguros contratadas para cada vehículo que se ocupe en este servicio.

 

g. A vigilar que su personal se conduzca con respeto, decencia y disciplina.

 

h. A que cada operador deberá contar con examen médico, antidoping, examen de manejo, examen de mecánica, vialidad y constancia de curso de primeros auxilios.

 

i. A operar las unidades dando cumplimiento a las disposiciones normativas que, en materia ambiental, de policía y tránsito o cualquier otra aplicable en la Ciudad de México, Estado de México o adoptadas por Comisiones Metropolitanas o cualquier otra.

 

j. A no fijar ningún tipo de publicidad en las unidades asignadas para el servicio.

 

k. A que sus unidades cuenten con la verificación semestral (2 años federal) de las condiciones físico-mecánicas emitidas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

 

l. A capacitar y certificar ante la SCT (Secretaría de Comunicaciones y Transportes) a todos los operadores que presten el servicio al “CLIENTE”, cada 5 (cinco) años, de conformidad a lo establecido por la SCT, a efecto de cumplir con los requisitos para el refrendo de capacitación y obtención de licencia Federal renovada.

 

m. A que sus operadores cuenten con la Licencia Federal de Manejo, vigente en todo momento.

 

n. Contar con protocolos de actuación para la atención de siniestros durante la prestación de los servicios.

 

o. En caso de cualquier retraso en la hora de llegada del servicio, de acuerdo con los horarios previamente establecidos en la APP UBER, que sea consecuencia de un caso fortuito o fuerza mayor, deberá expedir un documento justificante a favor del “CLIENTE” que acredite el retraso.

 

p. Si el “CLIENTE” designa como usuario final a un menor de edad, las personas que ejercen la patria potestad o tutela sobre éste podrán solicitar información relacionada con dicho menor de edad, estando obligado el “TRANSPORTISTA” a entregar dicha información, única y exclusivamente a estas personas.

 

q. El “TRANSPORTISTA” por ningún motivo y en ninguna circunstancia podrá exceder el cupo de usuarios con asientos designados en el vehículo destinado a la prestación del servicio, por lo anterior, está estrictamente prohibido que existan usuarios que viajen de pie en la unidad.

 

r. A cumplir con todas los ordenamientos legales, locales, federales e inclusive internacionales, que respecto a la prestación del servicio deba cumplir. Será en todo momento obligación exclusiva del “TRANSPORTISTA” la observancia y cumplimiento de todos los ordenamientos que deban cumplirse.

 

s. A que las unidades empleadas para prestar sus servicios tendrán una ocupación mínima equivalente al 50% de su capacidad total para dar el servicio de la ruta.

 

t. A cumplir con todas las medidas preventivas, de seguridad, sanidad e higiene, inclusive de carácter adicional o suplementario, que sean determinadas por las autoridades competentes, nacionales o internacionales, y resulten aplicables a la relación contractual que se genera con el “CLIENTE” mediante la suscripción del presente, cuyo objeto sea la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad causada por el virus (COVID-19) o cualquier otra clase de enfermedad pandémica o epidémica que llegara a surgir en el futuro, con el objeto de salvaguardar la salud e integridad del usuario.

NOVENA. VIGENCIA DEL SERVICIO. Ambas partes convienen en que la duración de este contrato será por tiempo indefinido, sin embargo, podrá darse por terminado en cualquier momento por cualquiera de las partes previa notificación por escrito o por correo electrónico. En este caso y de resultar aplicables se seguirán las reglas que fueron señaladas en el apartado de CANCELACIONES a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA.

 

En ningún caso, el “TRANSPORTISTA” podrá dar por terminado el presente contrato una vez iniciada la ruta y el periodo académico.

DÉCIMA. GARANTÍAS. El “TRANSPORTISTA” es responsable de los defectos que llegaran a aparecer en los vehículos asignados para este servicio y que procedan de vicios o irregularidades. Por tal motivo, el “TRANSPORTISTA” se compromete y garantiza que en todo momento el servicio no se vea interrumpido por ningún motivo y en ninguna circunstancia.

 

En caso de que se presente cualquier clase de siniestro en el que el “TRANSPORTISTA” se viera involucrado y hubiese afectación a terceros, o al mismo “CLIENTE”, el “TRANSPORTISTA” asume la responsabilidad de cubrir la totalidad de las indemnizaciones que correspondan al caso particular, ya sea mediante el pago que realice algún seguro que tenga contratado para tales efectos o mediante su propio patrimonio.

 

En todos los casos el “TRANSPORTISTA” deberá garantizar la prestación del servicio, especialmente, una vez iniciado, ya sea mediante la sustitución de la unidad o, bien, mediante la contratación de una unidad de respaldo sin costo adicional para el “CLIENTE”.

 

En el caso de que el usuario sea menor de edad, el “TRANSPORTISTA” deberá obtener el consentimiento previo de quien ejerza la patria potestad o tutela sobre este, para sustituir el servicio mediante la contratación de un tercero.

 

La aceptación por cualquier medio, de este contrato, por parte de la persona que ejerza la patria potestad o tutela sobre del menor, constituye el consentimiento a que se refiere el párrafo anterior.

DÉCIMA PRIMERA. DAÑOS MATERIALES. En el caso de que el “TRANSPORTISTA” cause cualquier tipo de daños o perjuicio a terceras personas como consecuencia de la prestación de los servicios, se obliga a pagar los daños y perjuicios ocasionados.

 

DÉCIMA SEGUNDA. SINIESTRO. En caso de suscitarse cualquier tipo de accidente, robo, pérdida, herida o muerte, ocurrida a cualquiera de las personas asignadas por el “TRANSPORTISTA” para prestar los servicios, será bajo la absoluta responsabilidad de este, pues dicho personal actúa en calidad de empleado del “TRANSPORTISTA”.

 

Asimismo, se obliga a indemnizar al “CLIENTE” en caso de que sufra daños y/o perjuicios ocasionados por los hechos descritos.

DÉCIMA TERCERA. RESCISIÓN. El “CLIENTE” tendrá la facultad de rescindir el presente contrato si el “TRANSPORTISTA” presenta deficiencias en el servicio ofrecido, ineficiencia en la prestación de cualquiera de sus servicios.

 

 

DÉCIMA CUARTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Las partes convienen que, ante la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor debidamente decretado o indudablemente existente, incluida la declaración de una emergencia  sanitaria o de salud pública por parte de autoridades locales, federales u organismos internacionales en materia de salud o cualquier otra que resulte competente, se procederá de la siguiente manera:

 

Se tendrá una reunión entre “TRANSPORTISTA” y “UBER”, para determinar los pormenores de la posible suspensión del servicio, así como, la procedencia de las devoluciones de los pagos hechos por el “CLIENTE” y la forma que estas se realizan

 

Para el caso de en caso de que proceda una cancelación por causas de fuerza mayor, UBER reembolsará al USUARIO la parte proporcional de saldo no devengado al 100%.

​

 

DÉCIMA QUINTA. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. El “TRANSPORTISTA” y sus empleados se comprometen a mantener bajo el más estricto sigilo y confidencialidad toda la Información Confidencial del “CLIENTE” y/o de terceros que obtenga por virtud del presente contrato. Para efectos del presente "Información Confidencial" significa: toda la información proporcionada por el “CLIENTE”, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa nombre, correo electrónico, teléfono, matrícula, datos bancarios y/o cualquier otra información proporcionada al “TRANSPORTISTA” en la prestación de los Servicios.

​

DÉCIMA SEXTA. INFORMACIÓN ENTREGADA POR “CLIENTE” AL PERSONAL DEL “TRANSPORTISTA”.

Cuando el “CLIENTE” se lo requiera o a la terminación del presente contrato independientemente de las causas que la originaren, el “TRANSPORTISTA” deberá hacer entrega o, en su caso, destruir, previo requerimiento del “CLIENTE”, todo material (físico y electrónico) que tenga en su poder y que sea propiedad del “CLIENTE” o que este último le hubiere entregado al amparo del presente contrato, en un plazo no mayor a 5 días. El “TRANSPORTISTA” no podrá negarse a entregar al “CLIENTE” o en su caso destruir dicho material bajo ningún pretexto. La falta de cumplimiento a esta previsión hace responsable de daños y perjuicios al “TRANSPORTISTA” frente al “CLIENTE”.

 

 

DÉCIMA SÉPTIMA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. El “TRANSPORTISTA” manifiesta que es responsable de proteger los datos personales que, en su caso, trate como consecuencia de la ejecución del presente instrumento y que, en todo momento, dicho tratamiento será de conformidad con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, su Reglamento y demás normatividad vigente en materia de protección de datos personales (la Ley).

 

Toda información transferida por parte del “CLIENTE” al “TRANSPORTISTA”, como consecuencia del presente instrumento, deberá cumplir con lo dispuesto tanto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, como su Reglamento y el Aviso de Privacidad correspondiente.

 

Por lo anterior, se establece expresamente que el “TRANSPORTISTA” tratará los datos conforme a las instrucciones del “CLIENTE” y, en ninguna circunstancia, los aplicará o utilizará con fines distintos a lo pactado entre las partes, ni los transferirá, ni siquiera para su conservación, a otras personas, salvo que la transferencia sea requerida por la autoridad competente o como parte de una obligación contractual que tenga por objeto salvaguardar los intereses del “CLIENTE”.

 

Asimismo, el “TRANSPORTISTA” establece que utilizó y utilizará todos los mecanismos y procedimientos que marca la ley, para la recaudación de datos personales y/o sensibles y del tratamiento que se les dé a los mismos.

 

El “TRANSPORTISTA” se compromete a adoptar e implementar las medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas suficientes y necesarias para el efecto de cumplir con la obligación de protección de datos de personales.

 

El “TRANSPORTISTA” es responsable de tener visible y disponible para los usuarios del servicio el Aviso de Privacidad, así como recabar el consentimiento que acredite la aceptación del mencionado Aviso de Privacidad.

 

El “TRANSPORTISTA” deberá de asignar a una persona responsable a su cargo, para manejar y custodiar los datos personales que los usuarios le proporcionen, así como, a una persona responsables de contestar las peticiones de Derecho ARCO que ejerzan los usuarios, en su calidad de titulares de los datos personales.

 

Toda la información referente a temas de Datos Personales estará a disposición del “CLIENTE”, en el mencionado Aviso de Privacidad

 

DÉCIMA OCTAVA. PENALIDADES. Las partes acuerdan que, en caso de incumplimiento a los términos y condiciones aquí pactados, el “TRANSPORTISTA”, deberá pagar a favor del “CLIENTE” las siguientes penalidades:

 

1.      En caso de un retraso mayor a 10 minutos en la llegada del vehículo al punto de inicio de la ruta del “CLIENTE”, que no se encuentre plenamente justificado, se hará el reembolso de la cantidad que haya pagado el “CLIENTE” en otro transporte, siempre y cuando entregue el recibo correspondiente que acredite dicha transportación.   

        

2.     Por rebasar el cupo de la ruta o servicio que fue contratado por el “CLIENTE”, se hará el reembolso de la cantidad que haya pagado el “CLIENTE” en otro transporte, siempre y cuando entregue el recibo correspondiente que acredite dicha transportación.                                                                                                                                                     

3.     Ante la falta de prestación del viaje sin causa justificada, por cada evento, se deberá pagar al “CLIENTE” una cantidad equivalente al 20% del monto del viaje pagado por el “CLIENTE” al “TRANSPORTISTA” por el servicio.

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El pago de la pena convencional, no libera al “TRANSPORTISTA” de su obligación de prestar el servicio, ya sea por sí, o través de la contratación de una unidad de respaldo.

 

 

DÉCIMA NOVENA. CESIÓN DE DERECHOS. El “TRANSPORTISTA” se obliga a no ceder a terceras personas, físicas o morales, los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, así como los derechos de cobro sobre la prestación del servicio objeto de este contrato, sin previa autorización expresa y por escrito del “CLIENTE”.

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VIGÉSIMA. IMPUESTOS, MULTAS Y OTROS GASTOS. En este acto el “TRANSPORTISTA” libera al “CLIENTE”, desde este momento y en cualquier tiempo, de toda responsabilidad civil, mercantil, laboral, penal, administrativa y de cualquier otra índole, derivada de cualquier acto que llegare a suscitarse en virtud, a causa o como consecuencia de la prestación de sus servicios, el “TRANSPORTISTA” se obliga a sacar en paz y a salvo en todo momento al “CLIENTE” por dicho concepto.

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VIGÉSIMA PRIMERA. ALCANCE DEL CONTRATO. Este contrato no crea más derechos y obligaciones que aquellos previstos en su clausulado, motivo por el cual cada una de las partes será responsable de cumplir frente a las autoridades y a los particulares, todas las obligaciones que adquieren como consecuencia de las actividades que conforme a este contrato van a realizar. En este sentido ninguna de las partes podrá considerarse como representante de la otra parte, por tanto, no podrán contraer obligaciones, aceptar pagos o asumir responsabilidad a nombre o por cuenta de la otra parte.

 

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VIGÉSIMA SEGUNDA. CONTROVERSIAS, INTERPRETACIÓN Y JURISDICCIÓN. Considerando que el presente contrato es de naturaleza eminentemente civil, las partes están de acuerdo en que para todo lo no previsto en él, se sujetarán a lo dispuesto por el Código Civil del Distrito Federal (ahora Ciudad de México) aceptando que para todo lo relativo a la interpretación, ejecución y cumplimiento de este Contrato, se sujetarán desde ahora expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la Ciudad de México, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles por razón de sus respectivos domicilios presentes o futuros.

 

Leído y explicado por las partes, el presente contrato, manifiestan su comprensión plena y conformidad con él, al momento de la aceptación de la presente.

 

Leído este Anexo B por las partes y habiendo quedado enteradas del contenido y alcance legales de todas y cada una de sus partes, lo firman en la Ciudad de México, el día 07 de agosto de 2024.

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